¿Aborto legal para bajar la mortalidad materna?

La sociedad argentina ha demostrado ser sensible ante la muerte de mujeres jóvenes que intentan poner fin a su embarazo. Quizás ello justifique la adhesión a la despenalización del aborto como solución del problema. Así, ha surgido la idea de que las muertes se reducirán una vez legalizado el aborto, y para ello se citan a países con mínima mortalidad materna y aborto legal.

Como temo que bajo esta lineal conclusión causa-efecto subyazca un pensamiento mágico, revisé la evidencia científica sobre la asociación estatus legal del aborto y mortalidad materna. Encontré lo que sintetizo a continuación.

Las estadísticas de países de Europa, Norteamérica y Oceanía dan cuenta de una mortalidad promedio de 17 puntos, justo la mitad de los 34 puntos reportados por el Ministerio de Salud de la Nación en 2016. Si sumamos el hecho de que esos países poseen los ingresos per cápita más abultados del planeta y, además, casi todos tienen aborto legal, se entenderá por qué se citan como ejemplos. Por ende, vale la pena conocer qué acciones implementaron para llegar hasta ahí.

Loudon estudió la mortalidad materna de 70 años (1880-1950) de Estados Unidos, Australia, Nueva Zelanda, Bélgica, Escocia, Inglaterra, Gales, Suecia, Países Bajos, Noruega y Dinamarca. E identificó que todos pasaron por tres períodos históricos: 1) de 1880 a 1900, cuando reconocieron el problema, eliminaron las causas directas y desarrollaron cuidados obstétricos profesionales y accesibles; 2) de 1900 a 1935-1937, en el que mejoraron la calidad de los cuidados e implementaron estudios de vigilancia; y 3) de 1935-1937 a 1950, cuando se afianzaron los logros alcanzados. Cuando estos países ejemplares comenzaron a legalizar el aborto, desde fines de los 60, llevaban 20 o 30 años de cifras muy parecidas a las de hoy. La serie histórica de Loudon demostró claramente que el 75% de reducción de mortalidad, en promedio 46 puntos, aconteció antes de 1950, aplicando acciones sanitarias y sin cambiar el estatus legal del aborto que se mantuvo penalizado. Luego de 1990, esos Estados ya con aborto legal, poseen una mortalidad que ronda el 25% de los valores de 1880, habiendo decrecido en apenas 1,55 puntos promedio.

En países de Europa oriental, otrora socialistas, que legalizaron el aborto en la década del 50, el análisis de 55 años de estadísticas (1960-2015) expone que en la Unión Soviética el aborto se contabilizó por millones. En 1965 ese país registró 8.551.351 abortos, a razón de dos abortos por cada nacido. Sin embargo, en todos esos países el número de aborto comenzó a disminuir a partir de 1990 sin que mediara algún cambio del estatus legal; salvo Polonia, que ha intercalado liberalizaciones y restricciones. En Rusia el aborto descendió de 206 cada 100 nacidos vivos (1990) a 43 (2015). En Bielorrusia, con leyes muy liberales, las curvas de descenso de mortalidad y aborto no son correlativas una con otras. En Polonia, los abortos bajaron de 10,8 (1990) a 0,04 (2000) para luego ascender en 2014; y, no obstante, la curva de mortalidad materna sigue en descenso.

Países como Irlanda, Malta, Nueva Zelanda, Kuwait y algunos estados de Australia, sin haber despenalizado el aborto, presentan un descenso sostenido de mortalidad que en 2015 promedió 8,9 puntos, lo que los coloca a la par de aquellos con baja mortalidad y aborto legal.

En la región, Chile disminuyó la mortalidad 40 puntos entre 1980 y 2015 sin despenalizar, y la modificación de la causal «aborto terapéutico» no cambió la curva decreciente. También Uruguay redujo la mortalidad en 30 puntos entre 2001 y 2011, período precedente a la despenalización de 2012.

Como se ve, la condición legal del aborto no presenta relación causal con la mortalidad materna, entendiéndose como causa a que un evento sea el resultado de la ocurrencia de otro evento. Tampoco parecería ser correlación, pues la bibliografía revisada no reporta el número que describe el tamaño y la dirección de la relación entre mortalidad y estatus legal.

En cambio, sí está demostrado que la mortalidad baja con la profesionalización y el acceso de la atención del embarazo, parto y puerperio; con la precisión de datos; la inversión en educación de la mujer; el acceso al agua potable y alcantarillado; el control de la tasa de fecundidad y la disminución de la violencia contra la mujer. Esto debemos resolverlo en un contexto en que, según el Banco Mundial, mientras los países europeos a quien nos queremos parecer incrementaron su gasto en salud en un 25% del PBI entre 1994 y 2014, la Argentina desinvirtió el 42 por ciento.

La misma OMS reconoce que la mortalidad materna en el mundo entero está en descenso y no somos la excepción. Por eso, exhorto a los tomadores de decisiones a profundizar los aciertos, y corregir las políticas sanitarias, educativas, de saneamiento y reducción de pobreza. No existe sustento científico para pensar que el cambio del texto de una ley sea el «abracadabra» que evite la muerte de al menos una mujer embarazada.

El autor es magíster en Ética Biomédica, especialista en Medicina Crítica, investigador y docente del Instituto de Bioética de la Universidad Católica Argentina.

Visto en: https://www.infobae.com/opinion/2018/06/12/aborto-legal-para-bajar-la-mortalidad-materna/

ONU y aborto: ¿Un problema de salud pública o un derecho humano?

aborto

Hace algunos días atrás hicieron noticia las declaraciones de Frances Raday, directora del Grupo de Trabajo sobre la Discriminación Contra la Mujer del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en medio de su visita a nuestro país.

La funcionaria de la ONU planteó públicamente que como expertas recomiendan “la despenalización del aborto para niñas menores de 18 años como un tema de salud fisiológica y mental”. Tal como era de esperar, los argumentos principales para sostener esa aseveración eran los dos más comunes: la existencia de un alto número de abortos ilegales en Chile debido a su prohibición (los sitúan en aproximadamente 70 mil), y en segundo lugar, evitar el elevado riesgo en que se encontraría la vida y la salud de la mujer en el contexto de interrupciones clandestinas del embarazo.

Ambos fundamentos no se sostienen si se contrastan con los datos duros de la realidad sanitaria local.

Actualmente en nuestro país nacen alrededor de 250 mil niños cada año. Si se produjeran 70 mil abortos extrahospitalarios, significa que habría tantos como 1 aborto cada 3 a 4 recién nacidos vivos, lo que en principio parece una cifra desproporcionada. Confirmando esa impresión, estudios recientes del Dr. Elard Koch, epidemiólogo chileno y director de Melisa Institute, muestran que el número actual de abortos clandestinos, basándose en las estadísticas del Ministerio de Salud, podría ser tan bajo como 8 mil y nunca superior a los 21 mil.

Por otro lado, si el número de abortos ilegales fuera tan alto como lo plantean las especialistas de Naciones Unidas, sin duda que provocaría efectos significativos en nuestras tasas de mortalidad materna, elevándola muy por sobre el promedio regional. Por el contrario, Chile tiene la cifra más baja de toda Sudamérica y es sólo superado por Canadá en el resto del continente.

Ahora bien, habiendo mostrado que el aborto no es un problema de salud pública, queda por ver si es lícito plantear que posee un reconocido carácter de derecho humano en el concierto internacional, en cuyo caso no sólo debiese ser despenalizado, sino promovido, más aún si se considera que es impulsado tan enérgicamente por organismos de la ONU.

Si se analizan los tratados sobre derechos humanos firmados y ratificados por los Estados miembros de Naciones Unidas, ninguno menciona al aborto. De hecho, sólo uno (referente a los derechos de las personas con discapacidad) habla de salud reproductiva, pero no define el término.

No obstante, en 1994, luego de la realización de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (CIPD) en El Cairo, surge el Programa de Acción CIPD donde sí se definió la salud reproductiva, en la línea de la descripción de salud de la OMS (máximo bienestar físico, mental y social, esta vez relacionado con el sistema reproductivo). Aquí nuevamente no se incluyó al aborto dentro de la definición de salud sexual y reproductiva. Es más, se consideró como indeseable, limitándolo sólo a aquellos lugares donde ya era legal, y sosteniendo que “los gobiernos deberían tomar medidas oportunas para ayudar a las mujeres a evitar el aborto, que en ningún caso debería promoverse como método de planificación de la familia.”

En definitiva, si bien el derecho internacional consuetudinario (de costumbre) definió la salud reproductiva, siempre quedó expreso que no incluye al aborto como un componente. Las reservas de muchos Estados miembros sobre aquel punto reforzaron este hecho.

No obstante aquello, organismos dependientes de la ONU, que en principio estaban diseñados para vigilar el cumplimiento de los tratados y supervisar la ejecución de los mismos, han ido mucho más allá de lo determinado en dichos consensos y con frecuencia recomiendan a los Estados miembros que liberalicen las leyes sobre aborto, aunque dichas sugerencias no sean vinculantes ni puedan crear derecho internacional (Ejemplo de recomendaciones en ese sentido se realizaron a Polonia en 2004 y a Kenia e Irlanda en 2008).

Este tipo de hechos de presión indebida, incluida la intensa semana de lobby del Grupo de Trabajo que estuvo en Chile, se opone notoriamente con lo descrito en el propio Plan de Acción de la CIPD, que en el párrafo 8.25 establece que ningún Estado puede ser forzado a cambiar sus leyes sobre el aborto. Esa contradicción debiese resonar en la orgánica de dichas instituciones.

¿Es el aborto un problema de salud pública o un derecho humano? Ni lo uno ni lo otro. Más parece ser fruto de una ideología que, como tal, desconoce la realidad e impone sus dogmas al interior de las organizaciones, pervirtiendo su ideario original y transformando -lamentablemente- los derechos de todos en los privilegios de unos pocos: el derecho a la vida de todos se convierte en el respeto irrestricto a la vida, pero sólo de aquellos privilegiados, ya nacidos.

Fuente: http://voces.latercera.com/2014/09/23/jorge-acosta/onu-y-aborto-un-problema-de-salud-publica-o-un-derecho-humano/